Cuando un sistema legal sirve para fines opresivos en lugar de la justicia, la desobediencia civil es una herramienta de corrección, no es violenta, es racional, pacífica, un medio eficaz para la persuasión moral, se la debe fomentar sin anarquía, en forma intensa y con sacrificio personal
Año 399 a. C., ciudad de Atenas, el filósofo griego Sócrates fue llevado a juicio, acusado de pervertir a jóvenes y alejarlos de los dioses. Tuvo la posibilidad de elegir entre renegar de sus ideas o ser condenado a la muerte bebiendo cicuta, eligió la muerte. Sus discípulos le propusieron que se fuge de la prisión, él se negó, su compromiso vital era con la búsqueda de la verdad y la justicia; las leyes y las normas deben estar sometidas a un permanente cuestionamiento y escrutinio racional, tenía que obedecer las leyes de la ciudad en la que siempre había vivido, pero al mismo tiempo era un crítico permanente de las leyes injustas, por eso se afirma, que la rebeldía de Sócrates es el primer gran hecho de desobediencia civil, acató la ley porque no se la puede obedecer selectivamente, cometer una injusticia como respuesta a otra, no corrige el agravio; aceptó su ejecución, lo que destaca la tensión entre las obligaciones legales y los principios morales, lo que posteriormente influyó en las teorías de la desobediencia civil.
Año 1846, Estados Unidos, Henry David Thoreau se negó a pagar impuestos por su oposición a la guerra contra México y a la esclavitud, fue encarcelado. El término desobediencia civil se le atribuye, propone que el gobierno no debe tener más poder que aquel que los ciudadanos estén dispuestos a concederle. El filósofo alemán Jürgen Habermas, afirma que ésta es una forma de desconfianza no institucionalizada hacia los gobernantes, su justificación, el acatamiento a las disposiciones de quienes ejercen circunstancialmente el poder, no es absoluto. El mundo ha sido testigo de expresiones individuales y colectivas que han sido estratégicos para reivindicar derechos, cuestionar leyes o políticas gubernamentales, ejemplo, Mahatma Gandhi, ante las fuerzas colonialistas inglesas en la India, Martin Luther King y su lucha por los derechos civiles de los negros en Estados Unidos, en Brasil, las acciones del Movimiento de los Sin Tierra.
Año 2008, Ecuador, entra en vigencia nuestra Constitución, decidimos posibilitar en el artículo 98, que los individuos y colectivos puedan ejercer el derecho a la resistencia frente a acciones u omisiones del poder público o de las personas naturales o jurídicas no estatales que vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales, y demandar el reconocimiento de nuevos derechos.
Vigente la norma por casi 17 años, no cabe exigir un procedimiento reglado para materializar su contenido, su ejercicio es directo. Filósofos del derecho se han referido a la desobediencia civil, como una acción de protesta colectiva, moralmente fundamentada, pública, consciente y pacífica, que violando normas jurídicas concretas, busca producir un cambio parcial en las leyes, en las políticas o en las directrices de un gobierno.
Conocido por todos los contenidos de una ley, podemos dejar de acatarla respecto de un imperativo negativo o incumplirla respecto de un imperativo positivo, el resultado, la sanción, como respuesta a la violación. Si analizamos el desarrollo normativo en la Asamblea Nacional, todos podríamos coincidir que las leyes que se dictan no siempre son “racionales ni justas”, ni todos somos autómatas para obedecerlas sin derecho a cuestionarlas y debatir su contenido, entonces, habrá muchos ciudadanos que rechacen la ley por considerarla injusta, afecta sus derechos, y por injusta, inválida, por lo que quieren que los poderes públicos reconozcan otros derechos, se tome en cuenta su posición y se hagan los correctivos que sean necesarios, se materializa un derecho a oponerse como medio de protección.
Norberto Bobbio ubica a la desobediencia civil encima de opciones como la obediencia pasiva y la objeción de conciencia, porque éstas no representan un desafío fuerte al poder político ni a la legalidad. Si una ley viola los derechos humanos, la dignidad, todos tenemos la obligación jurídica, política y moral de oponernos; cuando un sistema legal sirve para fines opresivos en lugar de la justicia, la desobediencia civil es una herramienta de corrección, no es violenta, es racional, pacífica, es un medio eficaz para la persuasión moral, se la debe emprender para fomentar la justicia, no la anarquía, requiere convicción y en forma intensa, el sacrificio personal.